Columna de opinión.
Entre las consecuencias que ha traído la situación actual de nuestro país, en la que el pueblo legítimamente a salido a la calle a exigir justicia social, podemos contar la crítica a los medios de comunicación por la forma en la que han informado a la ciudadanía. Desde tergiversar información, hasta derechamente emitir imágenes falsas o descontextualizadas, son muchas las formas en las cuales la radio, televisión, y medios digitales, nos hacen llegar datos que no expresan lo que está sucediendo en la realidad.
En base a esta situación, hemos decidido explicar ciertos términos legales, sobre y mal utilizados en nuestra prensa nacional, los cuales son usados en titulares para que el receptor del mensaje tenga una percepción distinta de lo que está pasando en realidad.
Todos hemos visto alguna vez un titular de algún medio que reza “SE DECLARA ADMISIBLE QUERELLA EN CONTRA DE…”. La mayoría de las personas que ven este titular, pensarán que se han fijado derechos a favor de alguien, en desmedro de otro, en un contexto de la comisión de un delito. Claro, pues ¿Porqué razón estaría esta información en el titular, si no fuese algo relevante? Sin embargo, la realidad es diametralmente distinta. Que un juez de garantía declaré admisible una querella significa que el escrito presentado por la víctima para hacerse parte de un proceso penal cumple con los requisitos formales exigidos por la ley, a saber, relación de los hechos, solicitud de diligencias a fiscalía, individualización de la víctima y del responsable del delito (si se tiene esta información), etc. Es decir, divulgar esta información – que se ha declarado admisible una querella – no tiene relevancia alguna.
Luego, no pocas veces hemos visto el siguiente titular. “SE ACOGE A TRAMITACIÓN RECURSO”. Pasa lo mismo con la admisibilidad de la querella. Se trata simplemente de soslayar requisitos formales de una presentación judicial. Para ejemplificar porque esto no tiene ninguna relevancia fáctica, este abogado podría presentar un recurso de amparo en contra de carabineros, debido a que no puedo salir de mi oficina ya que temo por mi seguridad, considerando que en la calle hoy por hoy está lleno de funcionarios policiales. Lo más probable es que, cuando se vea el fondo del asunto, la Corte rechace mi recurso. Pero, en una etapa previa, lo acogerán a tramitación, si es que cumplo con los requisitos formales.
Finalmente, en razón del proyecto de ley para bajar a 40 horas máximo de trabajo semanal, escuchamos en titulares rimbombantemente “SE APRUEBA PROYECTO DE LEY 40 HORAS”. El problema reside en que si uno ingresa al cuerpo de la notifica, se dará cuenta que lo que se aprobó, en un principio, fue solo la idea de legislar. En este mismo sentido, hemos visto titulares como “CAMARA DE DIPUTADOS APRUEBA X PROYECTO”, siendo que, en el cuerpo de la noticia, se explica que el Senado también debe aprobar dicho proyecto. El punto es que, aprobar la idea de legislar solo significa que la cámara de origen (Senado o Cámara de Diputados, según quién sea el impulsor del proyecto), aprobó en general la futura ley, faltando la revisión de indicaciones, revisión de la Cámara Revisora, y un sinnúmero de trámites legislativos. Por lo que informar de este trámite, nuevamente, no tiene mucho sentido.
La reflexión final es a no quedarse sólo con los titulares o con la forma en que se expone una noticia por los medios de comunicación, dado que siempre existirá detrás una línea editorial que intentará imponer su interpretación los hechos, aprovechándose del desconocimiento legal de la mayoría de la población; de ahí la relevancia de ser críticos e instruirnos para poder entender correctamente lo comunicado.
FFL
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