La herencia, en palabras muy sencillas, son los bienes que dejó la persona que falleció (o causante, hablando en términos legales), pero además de esto, también incluye sus deudas (pasivo), es decir, todo lo que no se hubiera pagado en vida.[…]

Cuando un familiar fallece, no sólo es un hecho que llena de pena a una familia, sino que también genera una incertidumbre terrible respecto a los bienes de la persona que ha partido, y ahí es cuando cobra importancia la palabra «Herencia». 

?¿Qué es la herencia?

La herencia, en palabras muy sencillas, son los bienes que dejó la persona que falleció (o causante, hablando en términos legales), pero además de esto, también incluye sus deudas (pasivo), es decir, todo lo que no se hubiera pagado en vida. En ciertos casos, algunos seguros cubren estas deuda, como el famoso seguro de gravámenes. Una vez fallecida la persona, se transmite a sus herederos, a menos que se tomen algunos resguardos como es el beneficio de inventario.

?¿Quiénes tienen derecho a la herencia?

Es así que esta «Herencia» debe ser repartida entre los herederos de la persona fallecida, pero no todo heredero tiene necesariamente derecho a que se le repartan estos bienes, pues debe ser de aquellos que la Ley declara «asignatarios forzosos», es decir, aquellos que sí o sí, les corresponderá parte de la herencia. 

?¿Quiénes son estos herederos forzosos?

Los asignatarios o herederos forzosos son los hijos de la persona que falleció; el cónyuge o conviviente civil, y si no existe ninguna de estas personas, serán sus padres quienes reciban la herencia.
En cambio, si no hay hijos, o descendentes, cónyuge o conveniente civil o padres, la persona podrá disponer completamente de su herencia por medio de un testamento, o, si no hay testamento, se repartirá entre el resto de su familia, hasta los sobrinos en segundo grado. Luego de eso, quien hereda es el Fisco. 

?¿Puedo hacer un testamento?

Que existan herederos forzosos no significa que no se pueda hacer un testamento. De hecho, es mucho mejor, dado que se puede determinar con qué porcentaje de la herencia se va a quedar cada heredero y/o asignatarios forzoso. A estos, por ley, corresponde siempre la mitad del patrimonio; a su vez, el testador puede mejorar la cuota de uno de sus heredero y/o asignatarios forzoso por medio de la cuarta libre de mejoras, que corresponde a su cuarta parte de su patrimonio. Por último, podrá disponer libremente de la cuarta parte de su patrimonio, lo que ayuda mucho a la hora de saber con qué se queda cada uno de las personas mencionadas en el testamento y a los asignatarios forzosos. 
El testamento también sirve para reconocer hijos y hacer declaraciones que serán conocidas luego del fallecimiento de la persona. Básicamente es la última voluntad de una persona. 

?¿Y si no hay testamento?

Si no hay testamento, se debe determinar cuánto es lo que le corresponderá a cada uno de los herederos siguiendo reglas estrictas señaladas en la ley, como por ejemplo que todos los hijos reconocidos reciben la misma cuota y que el cónyuge sobreviviente recibe el doble que un hijo. 

A.N.V.


Cualquier otra consulta que puedan tener, no duden en realizarla por este medio, o por mensaje privado. Nuestros abogados de #FGNAbogados los asesorarán y podrán agendar una reunión en nuestras oficinas para una mejor atención. 

Agenda tu hora llamando al número:
‭☎+56 23250 6537‬ o al (2) 29299767
o enviando un mensaje al email:
?contacto@fgnabogados. cl
Nuestras oficinas se encuentran en:
?Dr. Sótero del Río nº326, oficina 1309, Santiago Centro.

Te esperamos.‬