El Habeas Data mecanismo legal para proteger nuestros datos.
“Habeas Data: […] , sobre qué queremos que sea público o privado, o qué puede ser público o privado en cuanto a la información, es que surgen el derecho a la protección de los datos de la vida privada, o autodeterminación informática.”
La semana pasada llegó a nuestra oficina una persona haciendo una consulta. Había comprado su casa soñada hace a lo menos 4 años, y en dicho tiempo, le habían enviado a lo menos tres cartas de cobranza de bancos distintos. Estos cobros, eran por deudas de la dueña anterior de la propiedad y amenazaban con iniciar las acciones legales de cobranza. El cliente nos preguntaba qué podía hacer ante esta situación. La respuesta a esta pregunta que prevé nuestro sistema judicial es la acción Habeas Data.
Todas las personas tenemos derecho a la vida íntima y a la privacidad y, dentro de esta esfera privada, se encuentran los datos e información que producimos, que en un mundo digital, es casi tan valiosa como el oro mismo, dado que con los datos de una persona se pueden saber sus gustos, compras en el último tiempo, lugares a los cuales ha ido, e incluso otros más relevantes como su domicilio, el nombre de su familia, encontrándose expuesto en cada aspecto de su vida, incluso aquello que no deseamos que se conozcan. De esta idea, sobre qué queremos que sea público o privado, o, mejor dicho, qué puede ser público o privado en cuanto a la información, es que surge el derecho a la protección de los datos de la vida privada, o autodeterminación informática.
Es importante tener claro que es la ley la que declara cuales serán los datos sensibles o privados y cuál es su tratamiento, uso y difusión, encontrándose consagrados en la ley Nº 19.628 sobre Protección de Datos de Carácter Personal, estableciendo así el derecho a la autodeterminación informática, que se configurará como la facultad de toda persona de solicitar, extrajudicialmente, al ejercer su derecho al acceso o, judicialmente, al ejercer la acción de habeas data, que se le exhiban los registros o bases de datos, ya sean públicos o privados, en los cuales existan datos personajes, para así tomar conocimiento de su exactitud, o en su caso, solicitar que se rectifiquen, modifiquen, reserven o eliminen. La forma en que se ejerce este derecho puede ser de manera preventiva, es decir, solicitando a una entidad privada o pública para que indique qué datos sensibles posee del solicitante; o bien, ejercerla de una manera correctiva, cuando el objetivo del requerimiento sea el modificar, corregir, bloquear o cancelar estos datos, si el tratamiento que se hace de ellos es indebido, en el sentido que vulnera o conculca sus derechos.
Ahora, volviendo al problema del cliente que visitó las oficinas de FGN Abogados, este puede ser resuelto ejerciendo justamente el derecho de la autodeterminación informática que se traduce en el Habeas Data, pues, se puede solicitar que la dirección que se encuentra en los registros de los acreedores, y, que en el caso que nos toco tratar, actualmente es su domicilio particular, sea borrado, al constituir información sensible, puesto que, se estaría realizando mal uso de esta información al hostigarlo en su residencia. Obviamente se debe probar que la residencia actual le pertenece y que la deudora no ha informado un nuevo domicilio, pero de no ejercer la acción de habeas data, nuestro cliente se vería obligado a la irracionalidad de defenderse en cada una de las demandas que existiesen por el cobro de las deudas de la antigua dueña, a pesar de no ser el deudor y no tener relación con las obligaciones de la antigua dueña de la propiedad.
La tramitación judicial de la acción de habeas data se lleva a cabo ante los tribunales civiles, y es un procedimiento muy rápido, pues su objetivo primordial es el de proteger los datos de su titular que puedan verse vulnerados por las acciones de terceros, que resulten ilegales o arbitrarias, o que importen un uso indebido de información de carácter personal. Sin perjuicio de esto, es requisito previo, realizar una instancia previa y extrajudicial en donde se le informe al responsable del registro o banco de datos que se está haciendo un requerimiento, modificación, cancelación o reserva de los datos, y este debe ser respondida por el destinatario en un plazo máximo de 2 días desde que es realizada la solicitud. Transcurrido este plazo, de mediar o no respuesta, se puede hacer el requerimiento judicial correspondiente, a menos que el destinatario de la acción sea una entidad pública, caso en el cual ésta se puede excusar argumentando que dicha información tiene una naturaleza que puede vulnerar la seguridad de la Nación o comprometer el interés nacional. En este caso, el procedimiento se tramita ante la Corte Suprema y es confidencial por la naturaleza de los antecedentes.
El habeas data protege, principalmente, el derecho a la autodeterminación informativa o libertad informática, pero también, se amparan en esta acción, una diversidad de derechos o garantías, como por ejemplo, la intimidad, la privacidad, el honor, el patrimonio, la libertad de trabajo, la igualdad ante la ley, entre otros. Debemos encuadrar esta acción de habeas data en un marco general de protección de los derechos fundamentales, los cuales en su ejercicio nunca son absolutos, por lo mismo pueden entrar en pugna dos preceptos de este tipo, como el derecho a la libertad de información y la libertad de opinión que puede contraponerse al derecho a la vida privada que también es un derecho fundamental. Sin embargo, el ejercicio de un derecho fundamental siempre encuentra sus límites en la misma ley, y es por esto que el derecho a la libertad de informar sobre datos personales se encuentra restringido porque la ley de Protección de Datos de Carácter Personal establece los limites legítimos para su ejercicio.
Es así que si tienes un problema relacionado con el uso inadecuado de tus datos personales, y necesitas ayuda, no dudes en contactar a FGN Abogados para consultar sobre la acción de Habeas Data y así resguardar tus derechos.
A.N.V.
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